GALERÍA FOTOGRÁFICA
Lesiones traumáticas recientes en casos de violencia familiar
Recent traumatic lesions in cases of family violence
José Pacheco1,2,a, Noelia Díaz2,b, Nancy de La Cruz1,c
1 Facultad de Medicina Humana, Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Lima, Perú
2 Ministerio Público. Lima, Perú
a Médico, especialista en Medicina legal, magíster en Salud Pública, doctor en Derecho; b abogada, fiscal adjunta superior penal; c médico especialista en Medicina legal, magíster en docencia universitaria
La violencia familiar, como problema emergente en salud pública, genera un necesario análisis multidisciplinario que incluye la participación de profesionales de la salud y del derecho, sobre todo en los casos en que las víctimas con lesiones físicas hayan denunciado el hecho ante las autoridades competentes.
En las diferentes instituciones del sector salud del Perú, los médicos reciben y asisten diariamente a personas con traumatismos ocasionados por agresiones intradomiciliarias. Por otra parte, las autoridades policiales, fiscal o judicial solicitan a los médicos una descripción detallada de las lesiones con la respectiva identificación de los agentes causantes (objetos contundentes, arma blanca, etc.). Cabe resaltar que, posteriormente, también será necesario establecer los daños psicológicos y el impacto social de este tipo de violencia, como lo han descrito diferentes estudios (1,2).
Todo médico, tenga o no especialidad en el área clínica o quirúrgica, deberá conocer cuáles son las características de las diversas lesiones traumáticas que se presentan en víctimas de violencia familiar, quienes a veces acuden a los servicios de urgencias (3). Del mismo modo, si la autoridad lo requiere, el médico deberá emitir un informe específico que incluya una valoración y cuantificación de las lesiones en días de incapacidad, dato muy importante para que el fiscal formalice la denuncia pero ante el juez, o de lo contrario, disponga el archivo definitivo de la investigación del delito.
Los médicos de instituciones de salud pública, generalmente de los lugares más distantes de las capitales provinciales, también deberán saber cuál es la proyección legal y social de su evaluación, ya que en la legislación peruana, por ejemplo, se establece como obligación la certificación de lesiones traumáticas en ausencia de un médico legista (4), así como la notificación a la autoridad competente como ya está normado en otros países (5), previa capacitación del personal en la identificación e informe de la violencia doméstica (6).
Legalmente en el Perú, y según el caso, el resultado de esta evaluación médica generará la posterior tipificación de lesiones leves o graves por parte del juez con la consecuente sentencia al agresor, acción judicial que a veces es tan esperada y reclamada por nuestra sociedad.
A continuación se presentan imágenes de diversos tipos de lesiones a fin de que la comunidad médica diferencie cada una de las más frecuentes y, sobre todo, para que la sociedad conozca cuál es la magnitud del daño físico en las víctimas de violencia familiar de ambos sexos y de diferentes grupos de edad, dentro de las investigaciones de delitos contra la vida, el cuerpo y la salud que exige la justicia (7).
Estas imágenes corresponden al archivo personal de los autores, y fueron obtenidas de personas que acudían por solicitud de una autoridad para una evaluación especializada; a todas las personas se les solicitó su consentimiento para ser fotografiadas, e informó que estas fotografías no formarían parte del archivo legal de su caso sino que se emplearían con fines docentes.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
1. Valdez R, Juárez C. Impacto de la violencia doméstica en la salud mental de las mujeres: análisis y perspectivas en México. Salud Mental. 1998;21(6):1-10.
2. Hernández D. Pobreza urbana y violencia doméstica en hogares de la Ciudad de México. Acta Sociol. 1998;22:25-43.
3. McLeer SV, Anwar R. A study of battered women presenting in an emergency department. Am J Public Health. 1989;79(1):65-6.
4. Código de Procedimientos Penales. Ley 4019. Art. 161.º. Nombramiento de Peritos. Preferencia y honorarios. Lima, Perú (23 de noviembre del 1939).
5. Diario Oficial de la Federación. Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999. Prestación de servicios de salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar. México, DF: Secretaría de Salud; 2000.
6. Muñiz M, Ferrer D, González J, Jiménez Y. Violencia intrafamiliar: su presentación en un área de salud. Rev Cubana Med Gen Integr 2000;16(5):468-73.
7. Código Penal. Decreto Legislativo N.º 635. Art. 121-122.º. Delitos contra la vida, el cuerpo y la salud. Lesiones.; Perú, 1991.
Correspondencia: José Luis Pacheco de la Cruz
Dirección: Av. Alfonso Ugarte 848, Lima 1, Perú.
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Correo electrónico: jp_cienciasforenses@hotmail.com
Recibido: 07-03-12
Aprobado: 07-03-12