10.17843/rpmesp.2021.381.6627
SECCIÓN ESPECIAL
La regulación de los ensayos clínicos para la COVID-19 en el Perú
The regulation of COVID-19 clinical trials in Peru
Paula
Cahuina Lope 1,
Médico Cirujano, Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria
1 Oficina General de Investigación y Transferencia Tecnológica,
Instituto Nacional de Salud, Lima, Perú
RESUMEN La COVID-19
ha afectado la conducción de los ensayos clínicos a nivel mundial. Iniciada
la emergencia sanitaria en Perú, el gobierno nacional tomó medidas para
promover y garantizar la realización de los ensayos clínicos en COVID-19. Se
conformó un comité de ética nacional exclusivo para ensayos clínicos
COVID-19 y se implementó una regulación para asegurar la realización ética y
oportuna de ensayos clínicos. Hasta el 31 de diciembre del 2020, el
Instituto Nacional de Salud autorizó 29 ensayos clínicos, de los cuales
cinco evalúan vacunas. El tiempo promedio y desviación estándar de la
autorización fue 19,3 y 10,5 días, respectivamente. El 58,6% (n= 17) fueron
ensayos clínicos fase II y el 34,5% (n= 10) fueron fase III; el 31,0% (n= 9)
tuvo como patrocinador a una institución peruana. La finalidad de las
acciones implementadas fue promover la investigación para la COVID-19,
respondiendo a las necesidades y tiempos de la emergencia sanitaria, sin
afectar la protección de los participantes ni la rigurosidad de los
estudios. Palabras
clave: COVID-19; Ensayos Clínicos como Asunto; Infecciones por
Coronavirus; Perú; Regulación Gubernamental. (Fuente: DeCS BIREME). ABSTRACT COVID-19 has
affected the conduct of clinical trials worldwide. Once the health emergency
began in Peru, the national government took measures to guarantee the
conduct of COVID-19 clinical trials. A national research ethics committee
was exclusively established for COVID-19 clinical trials; and a regulatory
framework was implemented to ensure the ethical and timely conduct of these
studies. To december 31, 2020, the Peruvian National Health Institute
authorized 29 clinical trials, of which 4 test vaccines. The mean and
standard deviation of time authorization were 19.3 and 10.5 days,
respectively. 58.6% (n= 17) were phase II clinical trials and 34.5% (n= 10)
were phase III; 31.0% (n= 9) were sponsored by a Peruvian institution. The
aim of the actions implemented was to promote COVID-19 research while
responding to the health emergency needs without affecting the protection of
participants or the rigor of the studies. Keywords:
COVID-19; Clinical Trials as Topic; Coronavirus Infections; Peru; Government
Regulation. (Source: MeSH NLM). INTRODUCCIÓN Frente a la
actual crisis sanitaria por la pandemia de la enfermedad por el coronavirus
(COVID-19), la humanidad requiere de la rápida búsqueda e introducción de
intervenciones sanitarias orientadas a combatir la COVID-19. La respuesta de
los científicos a nivel mundial ha sido sorprendente; entre diciembre del
2019 y mayo del 2020, 7440 artículos sobre COVID-19 fueron publicados
(1). Para enero del 2021 se han registrado 68 760 artículos originales
en la plataforma COVID-19 Open Research Dataset (2).
Algunos de estos resultados de investigación corresponden a estudios que han
formulado y evaluado diversos candidatos de medicamentos y vacunas para la
COVID-19, incluyendo ensayos clínicos (EC). Los EC constituyen la
piedra angular para generar evidencia necesaria sobre la eficacia y
seguridad de los productos en investigación, y son requeridos por las
instancias reguladoras para la autorización de nuevas intervenciones de
salud (3).
A nivel mundial, los EC deben adherirse a estándares de ética en
investigación, así como cumplir con las buenas prácticas clínicas y los
procesos regulatorios de las autoridades sanitarias con la finalidad de
proteger los derechos, la seguridad y el bienestar de los participantes
(4). Sin embargo, la pandemia ha desafiado los procesos ordinarios de
autorización y conducción de los EC pues, por un lado, los EC activos tienen
problemas para su ejecución debido a las restricciones de un estado de
emergencia sanitaria —por ejemplo, el acceso a los centros de investigación
por parte de los participantes ha sido imposibilitada por las medidas de
inmovilización social—. Por otro, los EC de COVID-19 han requerido plazos
cortos y procesos flexibles para su aprobación ética y autorización
regulatoria (4,5).
En el Perú se ha adecuado el marco regulatorio para que responda a los
desafíos que una emergencia sanitaria plantea, sin sacrificar las exigencias
que garantizan la realización ética y oportuna de los EC. El objetivo de
este artículo es describir estas adecuaciones en la regulación nacional de
los EC para la COVID-19, así como describir las características principales
de estos estudios en el Perú hasta diciembre del 2020. EL MARCO REGULATORIO DE LOS ENSAYOS CLÍNICOS DE COVID-19 DURANTE LA PANDEMIA La
investigación científica durante la pandemia es un deber ético, pues sus
resultados permiten mejorar la atención y manejo clínico de las personas con
COVID-19 (6). No obstante, llevar a cabo investigaciones durante
una emergencia sanitaria es un proceso complejo pues se requiere generar
resultados en periodos cortos de tiempo, sin afectar la rigurosidad de los
estudios, ni los aspectos éticos que rigen toda la investigación con seres
humanos. Al igual que en condiciones habituales, durante una emergencia
sanitaria las propuestas de investigación con seres humanos deben ser
revisadas y aprobadas por un comité de ética en investigación antes de su
inicio. Evidentemente, esta obligación incluye a los EC (7).
La urgencia de soluciones para hacer frente a la COVID-19 no es
justificación para que los investigadores no se adhieran a los estándares
nacionales e internacionales de ética en investigación. A pesar de ello, los
procedimientos habituales de revisión de los comités de ética en
investigación y los tiempos que estos manejan no suelen ser los adecuados
para una situación de desastre o brote epidémico (8,9). Por ende,
es necesario implementar procesos de revisión y supervisión éticas rápidos,
flexibles y rigurosos durante la pandemia (10).
El 12 de abril de 2020 se publicó un decreto supremo cuya finalidad es
promover y garantizar la realización ética y oportuna de los ensayos
clínicos en COVID-19 durante la emergencia sanitaria. Dicha norma dispone la
creación del Comité Nacional Transitorio de Ética en Investigación para la
evaluación y supervisión ética de los Ensayos Clínicos de la enfermedad
COVID-19 (CNTEI-COVID-19); así como la elaboración de procedimientos para la
autorización de EC en COVID-19.
La estrategia elegida corresponde a la creación de un comité de ética en
investigación ad-hoc e independiente (8), integrado por
diversos miembros de Comités Institucionales de Ética en Investigación
acreditados ante el Instituto Nacional de Salud (INS) (11). El
CNTEI-COVID-19 tiene la competencia de revisar los protocolos de
investigación y supervisar los ensayos clínicos con productos farmacéuticos
y dispositivos médicos para la prevención, diagnóstico y tratamiento de la
COVID-19 que se lleven a cabo en el Perú durante la emergencia sanitaria. Su
finalidad es proteger los derechos, bienestar y seguridad de los sujetos de
investigación (12). A diferencia de otros comités de ética de la
investigación, el CNTEI-COVID-19, además de su exclusividad en materia de
COVID-19, se caracteriza por sus procedimientos flexibles para la recepción
de protocolos de investigación, tiempos cortos para la revisión ética, el
uso de medios electrónicos para las sesiones y comunicaciones con el
patrocinador, y la exoneración de pagos en los trámites (Tabla 1).
Tabla 1. Comparación entre los Comités Institucionales de Ética de la
Investigación acreditados y el CNTEI-COVID19
CIEI: Comité Institucional de Ética en Investigación, EAS: Eventos Adversos
Serios
La creación del CNTEI-COVID-19 no fue la única estrategia para agilizar la
conducción de EC durante la pandemia. Los procedimientos del INS —entidad
regulatoria de EC en el Perú— también se adecuaron para promover la oportuna
ejecución de EC durante la emergencia sanitaria. Por ello, la Oficina
General de Investigación y Transferencia Tecnológica (OGITT) del INS,
implementó un procedimiento especial para la autorización de EC (11,12).
Los aspectos más relevantes de dicho procedimiento son los siguientes: la
reducción del número de requisitos de 20 a 10; la reducción de los tiempos
de autorización de 30 a 7 días hábiles; la posibilidad de que el
patrocinador pueda solicitar directamente a la Autoridad Nacional de
Medicamentos (ANM) la opinión técnica sobre el perfil de seguridad y calidad
del producto en investigación; la utilización de una mesa de partes virtual,
el uso de medios electrónicos, reuniones virtuales y la vía telefónica para
la comunicación con el patrocinador; así como la exoneración de pagos ante
el INS.
Con las estrategias empleadas, hasta el 31 de diciembre del 2020, el
promedio del tiempo para la autorización fue de 19,3 días con una desviación
estándar (DE) de 10,5; y un rango de 3 a 39 días. Además, la mitad de los EC
fueron autorizados entre 10 a 26 días. Estos tiempos tienen dos componentes:
el atribuido al INS, que incluye el plazo para revisar la documentación,
analizar los datos, formular los informes técnicos, hasta la emisión de la
Resolución Directoral que autoriza o no el EC; y el tiempo atribuido al
patrocinador para responder a las observaciones planteadas por el INS. El
promedio del tiempo regulatorio atribuido del INS fue de 4,2 días (DE: 2,7)
con un rango de 1 a 12 días. Solo en una de las 29 solicitudes el tiempo
excedió los 7 días. Los productos de investigación de origen químico
tuvieron una media del tiempo regulatorio global de 19,1 días (DE: 12,4;
rango 3 a 28), los biológicos tuvieron una media de 19,0 días (DE: 11,6;
rango 4 a 39), los hemocomponentes 20,3 días (DE: 3,9; rango de 18 a 26).
Solo se autorizó un producto dietético con un tiempo global de 26 días.
Otra adecuación en el trámite de autorización fue permitir la simultaneidad
en la revisión y aprobación ética del CNTEI-COVID-19, la solicitud de
opinión del perfil de seguridad y calidad del producto ante la ANM, y la
solicitud de autorización del EC ante el INS. La simultaneidad de estos
procedimientos contribuye a disminuir los tiempos de revisión y promover la
coordinación entre las instancias involucradas. Sin embargo, como en
situaciones ordinarias la naturaleza vinculante entres dichas decisiones
permanece. Es decir, si el CNTEI-COVID19 no aprueba un protocolo de EC o si
la ANM no da su opinión favorable, el estudio no es autorizado por el INS.
La adecuación en el seguimiento y supervisión a los ensayos clínicos
autorizados ha sido implementada por el CNTEI-COVID-19 y el INS. El
CNTEI-COVID19 cuenta con mecanismos virtuales y electrónicos de supervisión
ética; y solicita mensualmente a los investigadores información sobre el
progreso de sus EC. Por su parte, hasta el 31 de diciembre del 2020, el INS
ha realizado inspecciones presenciales a 11 EC en COVID-19 de los 29
autorizados, es decir al 37,9%. Dicha proporción es superior al porcentaje
de EC inspeccionados entre el total de EC activos, que en el año 2018 fue
del 17,1%; en el 2019, 11,5% y en el 2020 fue del 10,5% para EC no COVID-19. CARACTERÍSTICAS DE LOS ENSAYOS CLÍNICOS DE COVID-19 EN EL PERÚ Desde la
declaración de la emergencia sanitaria en el Perú, la comunidad científica
peruana se ha comprometido en la generación de soluciones que contribuyan a
la lucha contra la pandemia. A pesar de las dificultades y los retos que la
emergencia sanitaria plantea en nuestro país, varios EC para encontrar
tratamientos (incluyendo terapias profilácticas) y vacunas para la COVID-19
han sido autorizados.
El Registro Peruano de Ensayos Clínicos (REPEC) es una base de datos de
acceso público, disponible en la página web del INS (https://ensayosclinicos-repec.ins.gob.pe)
y tiene como objetivo garantizar la transparencia de los EC mediante la
publicación de información básica sobre los EC autorizados por el INS
(15). El REPEC es un registro primario de la Plataforma de Registros
Internacionales de Ensayos Clínicos de la Organización Mundial de la Salud
(OMS) (ICTRP, por su sigla en inglés) desde el 2016.
De 1 de enero al 31 de diciembre del 2020, 96 EC fueron registrados en el
REPEC. De estos, 29 (30,2%) EC fueron en COVID-19, 22 EC evalúan productos
de investigación para el tratamiento de esta enfermedad, 7 evalúan productos
para su prevención de los cuales 5 son EC de vacunas. Solo un EC de carácter
global se está llevando a cabo en Perú (el Ensayo Solidaridad de la OMS).
Los EC fase II (58,6%) y fase III (34,5%) son lo más frecuentes. Existe un
predominio de EC doble ciego (65,5%) y aleatorizados (93,1%). Todos los EC
enrolan a mayores de 18 años, el 41,4% de EC tiene planeado enrolar más de
100 participantes peruanos. Los criterios de valoración son variados,
destacando el requerimiento de cuidados intensivos, la necesidad de
ventilación mecánica y la mortalidad (Tabla 2).
Tabla 2. Características generales de los ensayos clínicos en COVID-19
autorizados en Perú durante el 2020.
Características del
estudio
n
%
Tipo de intervención
Preventiva
7
24,1
Diagnóstica
0
0,0
Terapéutica
22
75,9
Tipo de producto en investigación
Químico
11
37,9
Biológico
12
41,4
Dietético
1
3,4
Hemocomponente
4
13,8
Mixto
1
3,4
Tipo de Patrocinador
Extranjero
19
65,5
Nacional
9
31,0
Mixto
1
3,4
Número de centros de investigación
1
14
48,3
2
3
10,3
≥3
12
41,4
Duración del ensayo clínico (meses)
1 a 6
6
20,7
7 a 12
14
48,3
13 a 24
7
24,1
Más de 24
2
6,9
Fase Clínica
I-II
1
3,4
II
17
58,6
II/III
0
0,0
III
10
34,5
No aplica
1
3,4
Tipo de cegamiento
Abierto
8
27,6
Simple
0
0,0
Doble
19
65,5
Triple
2
6,9
Aleatorización
No
2
6,9
Sí
27
93,1
Número de participantes
1 a 100
17
58,6
101 a 1000
8
27,6
>1000
4
13,8
Criterio de valoración principal
Efecto protector de la vacuna
4
13,8
Mejora clínica
3
10,3
Mortalidad
5
17,2
Participante vivo y sin insuficiencia
respiratoria
4
13,8
Progresión de la enfermedad
2
6,9
Prueba positiva para SARS-CoV-2
3
10,3
Reactogenicidad y reportes de Eventos
adversos serios de la vacuna SARS-CoV-2
1
3,4
Reportes de eventos adversos
1
3,4
Requerimiento de cuidados intensivos,
ventilación y mortalidad
6
20,7
Total
29
100,0
Seis de 24 productos en investigación cuentan con registro sanitario en el
Perú y tienen, según la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas
(DIGEMID), indicaciones para el tratamiento de otras enfermedades (Tabla 3).
Los tipos de productos en investigación con más EC autorizados son el plasma
convaleciente (4 EC) y las vacunas (5 EC). Entre las vacunas en estudio
están la vacuna inactivada contra el SARS-CoV-2 de Sinopharm, la vacuna de
ARNm mensajero de CureVac AG., la vacuna de vector viral no replicante
basada en un adenovirus de chimpancé que expresa la proteína espiga del
SARS-CoV-2 fabricada por Astrazeneca y la Universidad de Oxford, y otra
vacuna de vector viral recombinante en adenovirus humanos que expresa la
proteína espiga de la empresa Janssen (16).
Tabla 3. Productos en investigación de los ensayos clínicos COVID-19
autorizados en Perú
Producto en
investigación
Nùmero de EC
Registro sanitario
Indicaciones
comunesa
ABX464
1
No
Ninguna; producto en investigación.
Acalabrutinib
2
No
Ninguna; producto en investigación.
ACTIV-1 IM
1
No
Ninguna; producto en investigación.
Antroquinolol
1
No
Ninguna; producto en investigación.
DFV890
1
No
Ninguna; producto en investigación.
Fenofibrato
1
No
Ninguna; producto en investigación.
Hidroxicloroquinab
2
Sí
Paludismo, amebiasis extraintestinal, lupus
eritematoso y artritis reumatoide.
IFX-1
1
No
Ninguna; producto en investigación.
Interferónb
1
Sí
Artritis reumatoide, arteritis de células
gigantes, artritis idiopática juvenil y síndrome de liberación
de citocinas.
Ivermectina
1
Sí
Antihelmíntico: tratamiento de elección para
Strongyloides stercolaris,
Filariasis
Lactoferrina
1
Sí
Deficiencias de hierro
Lopinavir/ritonavirb
1
Sí
VIH-1.
Losmapimod
1
No
Ninguna; producto en investigación.
LY3819253 (mAB)
1
No
Ninguna; producto en investigación.
Mavrilimumab
1
No
Ninguna; producto en investigación.
OT-101
1
No
Ninguna; producto en investigación.
Otilimab
1
No
Ninguna; producto en investigación.
Plasma convaleciente
4
No
En investigación.
Remdesivir
1
No
Ninguna; producto en investigación.
Ruxolitinib
1
No
Ninguna; producto en investigación.
TL-895
1
No
Ninguna; producto en investigación.
Tocilizumab
1
Sí
Hepatitis B, hepatitis C, leucemia, mieloma
múltiple, linfoma folicular, tumor carcinoide y melanoma
maligno.
Vacuna
4
No
Ninguna; producto en investigación.
VIR-7831
1
No
Ninguna; producto en investigación. EC: ensayo clínico DISCUSIÓN A nivel
mundial, las entidades reguladoras de los EC, junto con los investigadores,
empresas farmacéuticas e instituciones de investigación vienen jugando un
rol crucial en el desarrollo de EC que buscan probar nuevas intervenciones
diagnósticas, preventivas y terapéuticas para la COVID-19, para así obtener
conocimiento valioso sobre su seguridad y eficacia. En este contexto, es
crucial asegurar que los datos y resultados generados en los EC sean
transparentes, interpretables, válidos y oportunos (17), ya que
de ello depende que estos productos obtengan un registro sanitario y puedan
ser utilizados en la población que lo necesite.
El escenario actual plantea el reto de lograr un equilibrio entre la
necesidad de generar soluciones rápidamente, proteger los derechos,
seguridad y bienestar de los participantes de los estudios, y aplicar
ciencia con altos estándares de calidad (18). En atención a las
recomendaciones de la OPS/OMS y tal como ha ocurrido con agencias
reguladoras de otras partes del mundo, como la Agencia Europea de
Medicamentos (EMA) (19), la Agencia Federal de Administración de
Alimentos y Drogas (FDA, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos
(20), o la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) de Brasil
(21); en el Perú se han implementado medidas para la evaluación y
autorización acelerada de EC (22). Dichas medidas se adhieren a
estándares éticos en investigación, garantizan la independencia de las
instancias evaluadoras, y buscan que los plazos sean los apropiados para una
situación de emergencia sanitaria.
Las medidas implementadas han logrado resultados satisfactorios para los
tiempos de revisión y aprobación éticas; así como en los plazos regulatorios
para las autorizaciones de EC. En el caso del CNTEI-COVID-19, el compromiso,
dedicación y responsabilidad de sus miembros explican su desempeño. En el
caso del INS, la reducción de tiempos se debe principalmente a la calidad de
recursos humanos asignados a la revisión de los EC, la priorización de la
evaluación de los EC para COVID-19, los mecanismos de comunicación y
coordinación rápida con los investigadores y patrocinadores y, en general, a
la necesidad de cumplir con los plazos establecidos en el contexto de
emergencia sanitaria por la COVID-19.
Como sucede en situaciones habituales, el promedio del tiempo de
autorización de EC con productos químicos resulta menor a los EC con
productos biológicos. En caso de los EC de plasma de donantes convalecientes
de la COVID-19, el tiempo de autorización fue mayor puesto que antes de la
pandemia, el INS no tenía competencias para los ensayos clínicos con
hemocomponentes. No fue hasta la emergencia sanitaria que el Ministerio de
Salud estableció que los EC de plasma convaleciente fueran autorizados por
el INS, con la opinión de seguridad y calidad del Programa Nacional de
Hemoterapia y Bancos de Sangre (PRONAHEBAS)(23); lo que implicó
una serie de nuevas coordinaciones y procedimientos entre las autoridades
correspondientes.
Un aspecto resaltante es la proporción de patrocinadores nacionales de los
EC en COVID-19, la cual se aproxima al 35% siendo una clara muestra del rol
protagónico que han tomado investigadores e instituciones de investigación
nacionales para asumir el liderazgo y responsabilidad de conducir estos
estudios en búsqueda de intervenciones que podrían resultar beneficiosas
para la COVID-19. Este dato dista mucho del reportado en los EC autorizados
en el Perú entre 1995 y 2012, donde en 8 (0,7%) de 1255 EC autorizados hubo
patrocinio por una institución peruana (24).
El CNTEI-COVID-19 y el INS realizan un seguimiento cercano a la ejecución de
los EC para la COVID-19; lo cual es fundamental para asegurar el bienestar
de los participantes y velar por la calidad e integridad de los datos en un
contexto caracterizado por la incertidumbre y la generación rápida de
evidencia sobre ciertos productos en investigación. La importancia de esta
vigilancia activa se ha evidenciado, por ejemplo, ante las rápidas acciones
que se tomaron frente al surgimiento de evidencia científica que llevaron a
la suspensión y luego cancelación de los brazos de hidroxicloroquina y
lopinavir/ritonavir por demostrarse su futilidad en el ensayo clínico
Solidaridad(25) o ante los eventos adversos serios ocurridos con
los estudios de vacunas de AstraZeneca-Universidad de Oxford (26),
y Janssen (24).
En conclusión, la pandemia de la COVID-19 ha impactado la regulación de EC a
nivel mundial, y Perú no ha sido la excepción. A los 30 días de declarada la
emergencia sanitaria a nivel nacional, se emitió la primera norma para
promover la conducción de EC en COVID-19. Los ajustes regulatorios están
orientados a agilizar la actuación de las partes involucradas en la
autorización de los EC, sin que se vea comprometida la evaluación rigurosa
de sus aspectos administrativos, científicos y éticos, que garantizan la
protección de los participantes y la validez de los datos generados. Los
tiempos de revisión ética y autorización de los EC de la COVID-19 se han
reducido; y se ha promovido un mayor seguimiento a su ejecución pues se ha
triplicado la proporción de EC supervisados por el INS. Las acciones
implementadas obligarán a revisar la regulación vigente, con miras a diseñar
una más adecuada para la promoción de la investigación, particularmente de
los EC, en el país. REFERENCIAS
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doi:10.1136/bmj.m3525.
Financiamiento: El estudio fue financiado por el Instituto Nacional de
Salud. Citar
como: Cahuina-Lope P, Carracedo S, Romaní F. La regulación de los
ensayos clínicos para la COVID-19 en el Perú. Peru Med Exp Salud Publica.
2021;38(1):171-7. doi: https://doi.org/10.17843/rpmesp.2021.381.6627. Correspondencia: Paula Cahuina Lope; pcahuina@ins.gob.pe
Contribuciones de autoría: Todos los autores conceptualizaron el
manuscrito, analizaron los datos, elaboraron el primer borrador del
manuscrito, aprobaron la versión final del manuscrito y asumen la
responsabilidad de su contenido.
Conflicto de interés: PCL es coordinadora del área de evaluación de
ensayos clínicos de la Oficina General de Investigación y Transferencia
Tecnológica del Instituto Nacional de Salud. SC es consultora para temas de
ética en investigación en la Oficina General de Investigación y
Transferencia Tecnológica del Instituto Nacional de Salud. FR se desempeña
como Director Ejecutivo de la Oficina de Transferencia Tecnológica y
Capacitación del Instituto Nacional de Salud. Además, es el Editor
Científico de la Revista Peruana de Medicina Experimental y Salud Pública.
Recibido: 26/10/2020
Sarah
Carracedo 2,
abogada, magíster en Bioética
Franco
Romani 1, médico cirujano, magister
en Epidemiología
2 Pontificia Universidad Católica del Perú, Lima, Perú
a Según consulta a fichas técnica de especialidades farmacéuticas de
la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas.
b Un EC que evaluaba estos productos en investigación determinó la
ausencia de beneficio (futilidad)
Aprobado: 03/02/2021
En línea: 10/02/2021