Cobertura real de la Ley de Atención de Emergencia y del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT).

Autores/as

  • J. Jaime Miranda Programa de Investigación en Accidentes de Tránsito, Salud Sin Límites Perú. Lima, Perú. Facultad de Medicina, Universidad Peruana Cayetano Heredia. Lima, Perú. CRONICAS, Centro de Excelencia en Enfermedades Crónicas, Universidad Peruana Cayetano Heredia. Lima, Perú. EDHUCASALUD, Asociación Civil para la Educación en Derechos Humanos con Aplicación en Salud. Lima, Perú. Médico, Magíster y Doctor en Epidemiología.
  • Edmundo Rosales-Mayor Programa de Investigación en Accidentes de Tránsito, Salud Sin Límites Perú. Lima, Perú. Facultad de Medicina, Universidad Peruana Cayetano Heredia. Lima, Perú. Centro de Trastornos Respiratorios del Sueño (CENTRES), Clínica Anglo Americana. Lima, Perú. Grupo de Investigación en Sueño (GIS). Lima, Perú. Médico, Magíster en Medicina y Magíster en Sueño: fisiología y Medicina.
  • Camila Gianella Programa de Investigación en Accidentes de Tránsito, Salud Sin Límites Perú. Lima, Perú. EDHUCASALUD, Asociación Civil para la Educación en Derechos Humanos con Aplicación en Salud. Lima, Perú. Licenciada en Psicología Social, Magíster en Salud Internacional.
  • Ada Paca-Palao Programa de Investigación en Accidentes de Tránsito, Salud Sin Límites Perú. Lima, Perú. Obstetriz, Magíster en Población y Salud.
  • Diego Luna Programa de Investigación en Accidentes de Tránsito, Salud Sin Límites Perú. Lima, Perú. Departamento de Ciencias Sociales y Políticas, Universidad del Pacífico. Lima, Perú. Asociación Civil “Gobierno Coherente”. Lima, Perú. Sociólogo.
  • Luis Lopez Programa de Investigación en Accidentes de Tránsito, Salud Sin Límites Perú. Lima, Perú. Dirección de formación Profesional y los Recursos Humanos, Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo. Lima, Perú. Economista.
  • Luis Huicho Programa de Investigación en Accidentes de Tránsito, Salud Sin Límites Perú. Lima, Perú. Departamento de Pediatría, Instituto Nacional de Salud del Niño. Lima, Perú. Facultad de Medicina, “San fernando” Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Lima, Perú.
  • Equipo PIAT

DOI:

https://doi.org/10.17843/rpmesp.2010.272.1462

Palabras clave:

Servicios médicos de urgencia, Aplicación de la ley, Seguro por accidentes, Beneficios del seguro, Accidentes de tránsito, Perú

Resumen

Objetivo. Determinar, desde la perspectiva de los pacientes, el grado de conocimiento y de cobertura real de la Ley de Atención de Emergencia y del Seguro Obligatorio Contra Accidentes de Tránsito (SOAT). Materiales y métodos. Estudio transversal de vigilancia activa en los servicios de emergencia de establecimientos de salud (EESS) de tres ciudades del país con heterogeneidad económica, social y cultural (Lima, Pucallpa y Ayacucho). Resultados. De 644 encuestados, 77% negaron conocer la Ley de Atención de Emergencia (81% en Lima, 64% en Pucallpa y 93% en Ayacucho; p<0,001). Luego de explicarles dicha ley, 46% del total respondió que fueron atendidos bajo los preceptos de la ley. Con respecto al SOAT; en 237 personas (37,2%) los gastos de atención no fueron cubiertos por un seguro (74% en Pucallpa, 34% en Ayacucho y 26% en Lima: p<0,001). De los que contaban con un seguro (SOAT u otro), pero cuya atención no fue cubierta por éste, la mayoría estuvo en Lima (70%), seguido de Ayacucho (30%) y ninguno en Pucallpa. La mayoría (94%) procedió de establecimientos públicos. Las razones incluyeron problemas administrativos (25%), vencimiento del seguro o morosidad en el pago (21%), invalidez del seguro en el establecimiento (18%), no disponibilidad de la póliza (18%), o no cobertura de las lesiones por el seguro (9%). En estos casos, los gastos fueron asumidos por el mismo paciente, familiares o parientes, el chofer o dueño del vehículo, el servicio social del EESS, u otras personas o instituciones. Conclusiones. En este estudio se observó un gran desconocimiento de la Ley de Atención de Emergencia, y una cobertura de atención muy deficiente, pues casi la mitad de atenciones no fueron brindadas de acuerdo a uno o más puntos establecidos por dicha norma. Los costos de atención generados por el accidente de tránsito no fueron cubiertos por un seguro en una de cada tres víctimas. Es urgente mejorar la información de los ciudadanos sobre sus derechos y el cumplimiento efectivo de las leyes, para lograr una cobertura universal y más equitativa en la atención de las víctimas de accidentes de tránsito.

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Publicado

2010-06-25

Número

Sección

Artículos de Investigación

Cómo citar

1.
Miranda JJ, Rosales-Mayor E, Gianella C, Paca-Palao A, Luna D, Lopez L, et al. Cobertura real de la Ley de Atención de Emergencia y del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT). Rev Peru Med Exp Salud Publica [Internet]. 2010 Jun. 25 [cited 2024 Nov. 21];27(2). Available from: https://rpmesp.ins.gob.pe/index.php/rpmesp/article/view/1462

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