Política editorial

Políticas editoriales

  • Autoría
  • Revisión por pares
  • Conflictos de Interés
  • Plagio, publicación duplicada y fabricación de datos
  • Consentimiento informado
  • Derechos de autor y reproducción
  • Erratas y retractaciones
  • Fotografías e imágenes
  • Preprints (Prepublicación)
  • Acceso abierto
  • Publicidad
  • Pagos por recepción o publicación
  • Uso de inteligencia artificial en la redacción

 

Autoría

La autoría refleja las contribuciones y roles de los investigadores durante la realización de un estudio. Además, la autoría confiere responsabilidad sobre los contenidos y procedimientos relacionados al artículo y a la investigación en sí.

La RPMESP reconoce como autores a aquellos que cumplen con todos los «criterios de autoría» reconocidos por el Comité Internacional de Editores de Revistas Médicas (ICMJE), donde se considera autores a quienes cumplan con los siguientes requisitos:

  • Contribuir de manera significativa a la concepción o diseño del manuscrito, o a la recolección, análisis o interpretación de los datos.
  • Redactar o realizar una revisión crítica del contenido del manuscrito.
  • Aprobar la versión final que se publicará.
  • Asumir la responsabilidad por todos los aspectos del manuscrito, para garantizar que los asuntos relacionados con la exactitud o la integridad de cualquiera de sus partes serán adecuadamente investigados y resueltos.

Para que un investigador se considere como autor del manuscrito a publicar, éste debe cumplir con las cuatro condiciones mencionadas, lo cual debe indicarse en la sección de “Contribuciones de los autores” del artículo. La contribución de cada autor y el orden de aparición en el artículo es responsabilidad de los autores, la revista no tiene injerencia en estos aspectos.

Los manuscritos enviados por estudiantes de pregrado, deben estar acompañados por al menos un profesional de la salud que tenga experticia en el tema y comparta la responsabilidad por el contenido del artículo.

Por otro lado, las recomendaciones de ICMJE señalan que haber participado únicamente en la consecución de fondos, en la recolección de datos o en la supervisión general del grupo de investigación no justifica la inclusión como autor, y los investigadores que hayan contribuido solamente de esta forma deben ser listados en la sección “Agradecimientos”.  

La RPMESP utiliza la taxonomía CRediT (Taxonomía de roles de contribución) para reconocer la contribución y labor individual de cada autor. El autor corresponsal debe verificar exhaustivamente que estén incluidos todos los autores en la sección de “Roles según CRediT”; esta información no debe modificarse en cada versión corregida solicitada por el editor, hasta su publicación.

En caso de solicitarse un cambio en la autoría, la RPMESP procederá de acuerdo con las recomendaciones del Comité de Ética en Publicaciones (COPE) según sea el caso:

Otros problemas de autoría serán manejados tomando como referencia los lineamientos del Comité de Ética en Publicaciones (COPE):

Se recomienda a los autores que revisen minuciosamente el listado y el orden de las autorías antes de enviar su manuscrito por primera vez.

En caso de que se solicite un cambio en las autorías, el comité editor solicitará documentación sustentatoria. La RPMESP sigue las recomendaciones del Comité de Ética en Publicaciones (COPE) sobre cambios en las autorías; sin embargo, el Comité Editor decidirá si proceden dichos cambios, luego de evaluar cada caso.

El proceso editorial del artículo se suspenderá temporalmente mientras el Comité Editor evalúa la petición de cambios.

Los miembros del Comité Editor de la RPMESP que sean autores de manuscritos deberán cumplir con los requisitos especificados en nuestras Instrucciones para autores, y el proceso editorial se realizará de acuerdo a lo estipulado. Estos manuscritos seguirán el proceso editorial sin ningún tipo de participación del miembro del Comité Editor involucrado, absteniéndose de participar en las discusiones de las sesiones del Comité Editor donde se revise o decida sobre su artículo. Este miembro no tendrá acceso a ningún tipo de información sobre el proceso editorial del artículo, ni conocerá los revisores asignados. Además, los miembros del Comité Editor de la RPMESP declararán sus potenciales conflictos de interés con respecto a dichos artículos para que el resto del comité evalúe si procede o no la consideración del artículo para publicación.

 

Revisión por pares

Los artículos publicados por la RPMESP son sometidos a evaluación por pares externa bajo la modalidad de doble ciego, en el cual la identidad de los autores y evaluadores se desconoce por ambas partes.

Todos los artículos se someterán a revisión por pares: Artículos Originales, Originales Breves, Artículos de Revisión, Artículos Especiales, Reportes de Caso, Artículos de Historia de la Salud Pública y Cartas al Editor. Los artículos originales (incluyendo originales breves) serán evaluados por un mínimo de dos revisores.

Los manuscritos son evaluados por dos o más revisores nacionales o extranjeros, de preferencia uno de cada procedencia. Los revisores son seleccionados de acuerdo a su experticia en el tema, reputación, recomendaciones, experiencia previa haciendo revisiones para la RPMESP, entre otros factores. Asimismo, se cuenta con el apoyo de revisores expertos en bioestadística y epidemiología, que se centrarán en los aspectos metodológicos de los estudios.

En todos los casos, la participación de los revisores es anónima durante el proceso de evaluación y publicación y es ad honorem.

La comunicación entre los editores y los pares evaluadores se realizará por medio de la plataforma OJS-RPMESP, donde estos declararán si tienen algún tipo de conflictos de interés con el estudio, emitirán su calificación y observaciones sobre la calidad académica del contenido del manuscrito, originalidad, metodología y su aporte al campo de conocimiento. Los evaluadores cuentan con un máximo de 15 días hábiles (en caso requiera tiempo adicional se puede considerar la ampliación del plazo) para emitir su evaluación.

Los informes de los revisores no son editados antes de ser enviados a los autores; las únicas excepciones incluyen lenguaje que se pueda considerar ofensivo o comentarios que puedan contener información confidencial.

La calificación fundamentada de los revisores debe concluir en una de las siguientes:

  • se recomienda la publicación sin modificaciones
  • publicable con observaciones menores, que son recomendaciones para la mejora del artículo
  • con observaciones mayores, cuya respuesta es fundamental antes de aceptar la publicación del artículo
  • con observaciones invalidantes, se recomienda no publicar el artículo

Para los artículos originales, los revisores tienen la opción adicional de sugerir que el artículo se publique como original breve. En los casos de controversia, bien porque los conceptos de los pares son opuestos entre sí, o bien porque el Editor a cargo lo solicite, se nombrará un evaluador adicional.

En función de la calificación y las observaciones de los revisores, el Comité Editor decidirá si aprueba el artículo para publicación, si lo descarta para publicación en la revista o si se les envía observaciones a los autores para mejorar el artículo.

Una vez levantadas las observaciones por parte de los autores, el comité editor revisa que el artículo cumpla con los requisitos para ser publicado. De ser necesario alguna corrección adicional, la nueva versión es enviada a los autores por segunda vez.

 

Conflictos de Interés

Las Pautas éticas internacionales para la investigación relacionada con la salud con seres humanos del Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS) definen los conflictos de interés como aquellas situaciones en las que hay un riesgo sustancial de que los intereses secundarios de una o varias partes interesadas en una investigación incidan de forma indebida sobre su juicio y de ese modo comprometan o socaven el objetivo primario de la investigación.

Los conflictos de interés financiero incluyen (pero no se limitan a):

  • Recibir reembolsos, honorarios, financiación o salario de una organización que de alguna manera pueda ganar o perder financieramente con la publicación del manuscrito, ya sea ahora o en el futuro.
  • Poseer acciones o participaciones en una organización que de alguna manera pueda ganar o perder financieramente con la publicación del manuscrito, ya sea ahora o en el futuro.
  • Ser titular o solicitar patentes relacionadas con el contenido del manuscrito.
  • Recibir reembolsos, honorarios, financiación o salario de una organización que posea o haya solicitado patentes relacionadas con el contenido del manuscrito.

Los conflictos de interés no financiero incluyen (pero no se limitan a) intereses relacionados a los siguientes aspectos: 

  • políticos
  • personales
  • religiosos
  • ideológicos
  • académicos
  • intelectuales

La RPMESP requiere que los autores declaren todos los conflictos de interés potenciales o existentes en relación con su investigación. Todos los manuscritos enviados deben incluir una sección de “Conflictos de intereses” al final del manuscrito que enumere todos los intereses en conflicto (financieros y no financieros).

Cada autor de manera individual debe dejar constancia en la declaración jurada de todas y cada una de las relaciones financieras o no financieras, actividades, circunstancias u otro elemento que se pudiera interpretar como un interés secundario o influir sobre el juicio profesional acerca de la validez de la investigación y la objetividad del manuscrito. Se debe brindar el detalle sobre el conflicto de interés existente o potencial conflicto de interés en relación al tipo de vínculo o relación con terceros o con la Institución (con o sin fines de lucro) donde se desarrolló el estudio, cuyos intereses puedan verse afectados por el contenido del manuscrito. Ante la duda sobre si una situación constituye o no un potencial conflicto de interés, se debe de declarar la situación.

El Comité Editor de la RPMESP evaluará de forma independiente los conflictos de interés y potenciales conflictos de interés y decidirá la pertinencia o no de la publicación del artículo científico.

Los editores, miembros del comité editor y revisores también deben declarar cualquier conflicto de interés y pueden ser excluidos del proceso editorial o de la revisión por pares si éste existe.

En caso de detectar una falta relacionada a la declaración de conflictos de interés, la RPMESP procederá de acuerdo a las recomendaciones del Comité de Ética en Publicaciones (COPE) según sea el caso:

 

Plagio, publicación duplicada y fabricación de datos

Plagio: se define como la copia no reconocida o un intento de atribuir incorrectamente la autoría de imágenes, textos, ideas, resultados, entre otros. Se debe prestar atención a la atribución y adecuada citación al momento de resumir y/o parafrasear textos de otros autores. El “reciclaje de texto” o reutilizar de partes de una publicación de investigación previa del mismo autor del artículo actual es una forma de autoplagio.

Publicación duplicada: ocurre cuando se reutiliza una parte substancial de un trabajo previo del mismo autor sin la citación apropiada. Este tipo de mala conducta científica incluye la publicación de un mismo artículo en diferentes revistas, utilizar una porción de la data de un artículo publicado previamente, entre otros.

Fabricación de datos: ocurre cuando los datos de una investigación son inventados.

En caso de que sea detectada alguna falta ética durante el proceso editorial o después de la publicación, la RPMESP tomará las medidas necesarias con base en las recomendaciones del Comité de Ética en Publicación (COPE, por sus siglas en inglés), Word Association Medical Editors (WAME), International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE) y Council of Science Editors (CSE).

Todas las propuestas de publicación al llegar a la revista se someterán a revisión por un programa de detección de duplicación de texto. Los procedimientos de detección se realizarán de acuerdo con las directivas internas del INS. Los autores de las propuestas de publicación que evidencien plagio, publicación duplicada, o fabricación de datos se someterán a las directrices establecidas por la COPE.

Estas medidas implican: el rechazo o la retractación del artículo, la no aceptación de próximos artículos presentados a la RPMESP, la notificación a otras revistas; así como, la comunicación a las autoridades respectivas (institución de origen, institución que financió el estudio, colegios profesionales y comités de ética), entre otros.

Los procedimientos a seguir en caso de detectar una falta se basarán en las guías de la COPE:

En el caso de detectar plagio:

En el caso de detectar publicación redundante:

En caso de detectar fabricación de datos:

 

Consentimiento informado

De acuerdo a las Guías de Ética del American College of Epidemiology (ACE) 2000, el consentimiento informado es un proceso mediante el cual se proporciona información suficiente al participante potencial para poder tomar una decisión acerca de participar o no en la investigación. La información que recibe el participante debe estar en lenguaje simple, ser comprensible, y contener detalles acerca de posibles beneficios, riesgos, secuelas que puedan ocurrir como posible consecuencia de los procedimientos. Se debe ejecutar respetando la libertad y autonomía del paciente. De la misma forma, es necesario proporcionar un tiempo suficiente para que el posible participante considere la información recibida y la evalúe para tomar una decisión.

Se debe utilizar un formato por escrito para dar constancia del consentimiento informado, este debe estar firmado por el participante o su representante legal. Este consentimiento debe de haber sido aprobado por un comité de ética en investigación.

La RPMESP requiere que todos los artículos que involucren investigación en seres humanos declaren explícitamente que se obtuvo el consentimiento informado, además de definir en qué momento se solicitó y proporcionar detalles de cómo se llevó a cabo; esto se debe incluir en la sección de Materiales y Métodos (o equivalente de acuerdo al tipo de estudio).

En el caso de los Reportes de Caso, los autores deben declarar si cuentan con el consentimiento informado del paciente o los familiares responsables. Si no es posible obtener el consentimiento informado del paciente o los familiares responsables por algún motivo válido, se debe contar con la aprobación de un comité de ética para realizar la investigación.

Para los reportes de caso, el consentimiento informado debe incluir el permiso para la publicación del mismo y sus fotografías en revistas u otras formas de publicación científica. De manera adicional, los autores deben contar con los permisos del jefe del Departamento o servicio del hospital o equivalente para la publicación del reporte.

 

Derechos de autor y reproducción

La RPMESP pública artículos en acceso abierto bajo la licencia Creative Commons 4.0 International (CC BY 4.0). Para obtener más información, visite https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/.

Aquellos autores que desean publicar en la revista aceptan los siguientes términos:

  • Los autores/as conservarán los derechos de autor y garantizarán a la revista el derecho de primera publicación de su obra, el cual estará simultáneamente sujeto a la “Licencia de reconocimiento” de Creative Commons, que permite a terceros compartir la obra siempre que se indique su autor y su primera publicación en esta revista.
  • Los autores/as podrán adoptar otros acuerdos de licencia no exclusiva de distribución de la versión de la obra publicada (por ejemplo, depositarla en un archivo telemático institucional o publicarla en un volumen monográfico), siempre que se indique la publicación inicial en esta revista con la citación respectiva
  • Se permite y recomienda a los autores/as difundir su obra a través de Internet (por ejemplo, en archivos telemáticos institucionales o en su página web) después de la publicación, lo cual puede producir intercambios interesantes y aumentar las citas de la obra publicada.

Cualquier publicación, difusión o distribución de la información presentada queda autorizada siempre que se cite a la fuente de origen.

Los contenidos de los artículos son en su totalidad responsabilidad del autor y no representan la opinión de la revista.

 

Erratas y retractaciones

Errata: Es considerada como una o más correcciones por parte del autor con el objetivo de enmendar errores significativos en el manuscrito que afecten la integridad del mismo. No se publicarán correcciones menores que no afecten significativamente el contenido y la comprensión del documento, como errores ortográficos, errores tipográficos y errores gramaticales; estos errores menores deberán ser resueltos en la prueba de imprenta como última instancia.

Retractación: Constituyen situaciones en las cuales la integridad de un artículo publicado se ve afectada de manera substancial. Esto incluye errores en el análisis, reporte de los resultados, faltas de ética en investigación, entre otros. En caso el equipo editorial de la revista considere necesaria una retractación, se procederá a marcar el artículo publicado colocando la palabra “retractado” en mayúsculas a lo largo de cada página, y se publicará una declaración de retractación referente al artículo en cuestión.

Adenda: Información adicional significativa que haya aparecido posterior a la publicación y que sea necesaria para lograr una mejor comprensión del manuscrito podrá ser publicada como una adenda.

Nota editorial: Notificación virtual que da cuenta del inicio de un proceso de evaluación acerca de sospechas relacionadas a un artículo.

Nota editorial de preocupación: Declaración por parte del Comité Editorial alertando a los lectores acerca de preocupaciones serias acerca de la integridad de un artículo.

Los procedimientos para tomar una decisión con respecto a correcciones o retractaciones se basarán en los lineamientos de COPE.

 

Fotografías e imágenes

Las imágenes digitales incluidas en los artículos deben estar mínimamente editadas o procesadas. Estas deben demostrar claramente lo que se intenta mostrar.

Las fotografías que muestren rostros de los pacientes deberán ser editadas para evitar la identificación de la persona. Si se incluyera una figura previamente publicada se debe indicar la fuente de origen y remitir el permiso escrito del titular de los derechos de autor.

Las fotografías deben enviarse en un archivo separado con una resolución mayor de 600 dpi o 300 pixeles. Los títulos de las imágenes deben describir lo mostrado en las fotografías, pudiéndose utilizar flechas o señales para facilitar su comprensión. Al reproducir preparaciones microscópicas, debe indicarse el aumento y los métodos de tinción. En el pie de la figura o fotografía debe incluirse el significado de las siglas utilizadas.

 

Preprints (Prepublicación)

Los preprints son versiones de artículos científicos que aún no han pasado por revisión por pares y están depositados en servidores públicos.

La RPMESP acepta artículos que hayan sido previamente depositados en servidores certificados como preprints. Los detalles del preprint, los cuales incluyen el título y el código DOI, deben ser descritos en el formato de Declaración Jurada que se adjunta como parte del envío inicial del manuscrito.

 

Acceso abierto

La RPMESP otorga acceso abierto inmediato a su contenido, con base en el principio de que el acceso libre a las investigaciones favorece el intercambio global de conocimiento. La revista usa la licencia Creative Commons 4.0 International (CC BY 4.0).

La RPMESP utiliza el sistema LOCKSS para recolectar, preservar y almacenar los artículos publicados.

La RPMESP permite que los autores que publican sus artículos en la revista depositen los datos primarios que acompañan dichas publicaciones en repositorios nacionales o internacionales.

Se pueden utilizar repositorios como el Repositorio Único Nacional de Información en Salud, Zenodo, Open Science Framework, Dryad, GitHub o DataVerse.

 

Publicidad

La RPMESP admite únicamente publicidad del Instituto Nacional de Salud.

 

Pagos por recepción o publicación

La RPMESP no impone cargos o tasas por la publicación de artículos enviados por los autores ni cargos por la recepción de manuscritos. De la misma forma, la RPMESP lleva a cabo la difusión de sus publicaciones en distintas plataformas, como redes sociales, de manera gratuita.

 

Uso de inteligencia artificial en la redacción

La RPMESP se adhiere a las recomendaciones del ICMJE, COPE y WAME cuyo objetivo es promover la transparencia y la conducta ética en la investigación y publicación científicas y con respecto al uso de inteligencia artificial (IA) en la producción de los manuscritos: En el momento de la presentación del artículo, la revista exigirá a los autores que declaren si han utilizado tecnologías asistidas por inteligencia artificial (IA) (como modelos de lenguaje de gran tamaño [Large Language Models], chatbots o creadores de imágenes) en la producción del trabajo presentado.

Además, las herramientas de inteligencia artificial no deben incluirse como autores de un artículo ya que no pueden ser responsables de la exactitud, integridad y originalidad del trabajo; por tanto, no cumplen los requisitos de autoría de al no asumir la responsabilidad de sus contenidos, y no pueden afirmar la presencia o ausencia de conflictos de interés.

En el caso de autores que utilicen dicha tecnología deben describir el uso de inteligencia artificial (IA) en la sección "Declaración de uso de IA".

Texto de la declaración: Durante la preparación de este trabajo, el autor o autores utilizaron [NOMBRE DE LA HERRAMIENTA / SERVICIO] con el fin de [MOTIVO], en las siguientes [SECCIONES (partes específicas del manuscrito)] así como las tablas o figuras que se generaron.

Los autores son totalmente responsables del contenido de su manuscrito, incluso de aquellas partes producidas por una herramienta de inteligencia artificial, y por lo tanto son responsables de cualquier incumplimiento de la ética de publicación.

 

Actualizado en junio, 2024